IVA 16% para terapeutas y coaches en México

Terapia y coaching independientes van al 16% de IVA. LIVA 15-XIV y RLIVA 41 no nombran psicólogo, nutriólogo ni coach. El CFDI digital sigue siendo obligatorio.

Si eres terapeuta, coach, psicólogo, nutriólogo o fisioterapeuta y facturas como persona física independiente, tus sesiones van al 16% de IVA. No porque el SAT haya publicado un criterio que diga «los coaches pagan 16%». Porque el artículo 1o. de la LIVA grava la prestación de servicios independientes a esa tasa, el artículo 14, fracciones I y VI mete en ese supuesto la obligación de hacer —y toda otra de dar, no hacer o permitir que no sea enajenación ni uso o goce— y la exención de 15, fracción XIV más el artículo 41 del Reglamento es una lista cerrada: médico, médico veterinario o cirujano dentista. Un título de psicología o un certificado de coaching no es «título de médico».

El artículo 29 del CFF te pide CFDI digital cuando las leyes fiscales exigen comprobante. Un recibo comercial puede existir. No es el comprobante del 29. Factura por WhatsApp emite el CFDI. No elige tu régimen y no presenta tu IVA ni tu ISR. Esta nota es el invertido de obligaciones fiscales de médicos 2026.

¿Por qué terapia y coaching no están exentos de IVA?

La exención es estrecha. El artículo 15, fracción XIV, de la LIVA dice: «Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles o instituciones de asistencia o beneficencia privada autorizadas por las leyes de la materia.»

El artículo 41 del Reglamento (última reforma DOF 25-09-2014) acota esa fracción: «los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del impuesto, son los de médico, médico veterinario o cirujano dentista». Tres títulos. La lista no nombra psicólogo, nutriólogo, fisioterapeuta, terapeuta ni coach.

Si no estás en esa lista, regresas al artículo 1o., fracción II: servicios independientes, tasa del 16%. El artículo 14 no considera servicio independiente el trabajo subordinado con remuneración. Si eres empleado, esta nota no te describe. La cédula profesional acredita el ejercicio. No te mete al 15-XIV. El detalle del médico que sí cabe está en cómo facturar consultas médicas.

¿El depósito de la sesión también causa IVA?

Sí, cuando el servicio está gravado. El artículo 1o.-B de la LIVA considera efectivamente cobradas las contraprestaciones «cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe».

El «depósito» de la próxima hora, el anticipo del paquete de ocho sesiones o el enganche del retiro de coaching siguen siendo cobro para el IVA. El nombre en el chat no cambia el 1o.-B. Trasladas el 16% sobre lo cobrado, no sobre el apodo del pago.

Eso no decide cómo se llama el CFDI ni qué régimen usas. Decide el momento del impuesto. El XML es otro trámite: qué es un CFDI. Si en lugar del XML sueles mandar un papel, lee factura, recibo y nota de venta. El recibo puede existir. No sustituye el comprobante digital.

¿Qué te retiene una empresa que te paga?

Si una persona moral te paga un servicio personal independiente y le trasladaste IVA, retiene. El artículo 1o.-A, fracción II, inciso a), de la LIVA obliga a esa persona moral a retener el impuesto que se le traslade. El artículo 3, fracción I, del Reglamento fija la cantidad: dos terceras partes del IVA trasladado y efectivamente pagado.

El ISR no fija el 16%. Es otra ley. En actividad profesional, una persona moral te retiene 10% sobre el pago, sin deducción (LISR 106, quinto párrafo; PDF con última reforma DOF 01-04-2024). En RESICO el tope mira $3,500,000 del ejercicio inmediato anterior (LISR 113-E) y la retención de persona moral es 1.25% sin IVA (LISR 113-J). Eso no es un selector de régimen. Lo armas con tu contador.

Pídele a la empresa RFC, nombre, código postal, régimen y uso. El detalle está en qué datos pedir para facturar. El flujo de un independiente que factura a varias razones sociales está en la guía para freelancers.

¿El CFDI sigue siendo obligatorio si cobras IVA?

Sí. El IVA y el comprobante son obligaciones distintas. El artículo 29 del CFF convierte el comprobante en un documento digital cuando las leyes fiscales lo exigen. Cobrar 16% no te libera del XML. Estar fuera del 15-XIV tampoco.

Este post no inventa una ClaveProdServ para coaching ni para terapia. La clave sale del catálogo del SAT. La confirmas con tu contador para el servicio que realmente prestas. La descripción debe nombrar ese servicio. Si el timbrado falla por RFC, nombre, CP, régimen o uso, mira errores comunes al facturar.

Factura por WhatsApp emite el CFDI desde el chat. No presenta tu IVA. No presenta tu ISR. No elige el régimen. Cuando ya tienes los datos del cliente, puedes emitir el comprobante por WhatsApp. El paso a paso está en la guía de facturar por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿Los terapeutas y coaches están exentos de IVA?

No. La exención de LIVA 15-XIV y RLIVA 41 nombra solo médico, médico veterinario y cirujano dentista. Coaching y terapia independiente caben en LIVA 1o. II y 14 I/VI, al 16%.

¿Una cédula de psicología quita el IVA?

No. Esa credencial no es «título de médico» en el sentido del 15-XIV. El artículo 41 del Reglamento es una lista cerrada de tres títulos.

¿El depósito de la sesión causa IVA?

Sí, si el servicio está gravado. LIVA 1o.-B considera efectivamente cobrada la contraprestación aunque la llames depósito o anticipo.

¿Una persona moral me retiene IVA?

Sí, cuando te paga un servicio personal independiente y le trasladaste IVA. LIVA 1o.-A II a y RLIVA 3 I: retiene dos terceras partes del IVA trasladado y efectivamente pagado.

¿Puedo dar solo un recibo?

Un recibo comercial puede existir. No es el CFDI que pide el CFF 29 cuando la ley exige comprobante. Quien deduce o acredita necesita el XML.

¿Factura por WhatsApp presenta mi IVA?

No. Emite el CFDI. No elige régimen y no presenta IVA ni ISR. Eso lo ves con tu contador.

¿Qué haces con esto?

Tus sesiones independientes no caben en la exención médica. El 16% sale de LIVA 1o. y 14, no de un oficio del SAT sobre coaches. RLIVA 41 cierra la puerta a tres títulos. El depósito de la hora sigue siendo cobro. La persona moral te retiene dos tercios del IVA trasladado. El CFDI no es la declaración.

Emite el comprobante entre sesiones y deja el IVA y el ISR en el escritorio del contador. Prueba Factura por WhatsApp.

Escrito por el equipo de Factura por WhatsApp para terapeutas y coaches que facturan entre una sesión y la siguiente.


Factura por WhatsApp

Escrito por el equipo detrás de Factura por WhatsApp.

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