Qué hacer si tu cliente no te da RFC

Si tu cliente no da RFC, usa XAXX010101000 y la operación es público en general. Emite el CFDI. No inventes otro RFC ni retengas la factura por la Constancia.

Si tu cliente no te da RFC, no inventas uno y no retienes la factura. El artículo 29-A, fracción IV, del CFF (texto vigente, última reforma DOF 09-04-2026) dice: «Cuando no se cuente con la clave del registro federal de contribuyentes a que se refiere esta fracción, se señalará la clave genérica que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, considerándose la operación como celebrada con el público en general.» Esa clave está en la regla 2.7.1.23 de la RMF 2026 (DOF 28-12-2025): XAXX010101000 si no hay RFC; XEXX010101000 si el residente en el extranjero no está inscrito. El artículo 29 te pide emitir el CFDI digital cuando las leyes fiscales exigen comprobante. El artículo 83, fracción VII, infracciona no expedirlo, no entregarlo o no poner a disposición el CFDI, «así como no expedir los comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen las operaciones realizadas con el público en general». El artículo 83, fracción IX (reformada DOF 07-11-2025) infracciona asentar el RFC de otra persona o condicionar la emisión a la Cédula o a la Constancia. Factura por WhatsApp timbra el XML desde el chat. No elige el RFC del cliente, no elige el régimen y no declara.

¿Qué hago si el cliente dice “luego te mando la constancia”?

El chat es el mismo para un freelancer, un coach o un médico: «no tengo RFC», «te la mando mañana», «úsame el de un amigo». Hay dos movimientos legales. Uno: esperas los cinco datos del receptor y emites con el RFC del cliente. Dos: no cuentas con esa clave y usas la genérica del SAT. No hay un tercer movimiento que consista en pedir el RFC de un familiar.

El artículo 29 abre con la misma frase del CFF: «Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales… los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.» El CFF dice que los adquirentes «deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.» El último párrafo de facilidad del 29 permite al SAT fijar «las características de los comprobantes… que amparen operaciones realizadas con el público en general.» CFF 29 no pone un piso en pesos para dejar de emitir.

Si más tarde el cliente sí manda la Constancia, los cinco campos están en datos para facturar a un cliente. Esta nota no arma plazos de cancelación. El sello, sin repetirlo, está en e.firma y CSD.

¿Qué es “público en general” para el CFDI?

No es una definición de tianguis. La regla 2.7.1.45 titula «Definición de público en general para efectos de expedición de CFDI» y dice: «se entiende por actividades realizadas con el público en general, cuando se registre la clave en el RFC genérica a que se refiere la regla 2.7.1.23., consistente en: XAXX010101000, en el campo “Rfc” del nodo Receptor del CFDI.»

La 2.7.1.23 titula «Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero»: «cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la clave genérica en el RFC: XAXX010101000 y cuando se trate de operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se encuentren inscritos en el RFC, se señalará la clave genérica en el RFC: XEXX010101000.» Esta nota no enseña el llenado de un cliente extranjero con tax ID. Un CFDI con XAXX es la operación nacional sin RFC.

No pares el chat. Si ya tienes CSD, emite el CFDI por WhatsApp con la clave que sí te toca: la del cliente o la genérica. El flujo del producto está en la guía de facturar por WhatsApp.

¿Puedo retener la factura o usar el RFC de otra persona?

No. El artículo 83, fracción IX infracciona: «Expedir comprobantes fiscales digitales por Internet asentando la clave del registro federal de contribuyentes de persona distinta a la que adquiere el bien o el servicio… o bien, condicionando su emisión a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.»

El RFC del hermano, del socio o de «una empresa que sí factura» es persona distinta. Pedir la Constancia como llave para soltar el XML es condicionar la emisión. Las dos conductas están en la misma fracción.

La multa de primera infracción está en el artículo 84, fracción VI: «De $21,420.00 a $122,440.00, a la señalada en la fracción IX cuando se trate de la primera infracción.» Para quien tributa en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la LISR, la misma fracción baja la primera infracción a «$2,150.00 a $4,270.00». Esas cifras están en el PDF de diputados (reforma DOF 09-04-2026; 84 actualizada DOF 28-12-2025).

Si el timbrado falla por nombre, código postal, régimen o uso —cuando sí tienes RFC—, mira errores comunes al facturar.

¿Qué multa hay si no expido el CFDI?

El artículo 83, fracción VII, cubre no expedir, no entregar o no poner a disposición el CFDI, y también no expedir los que amparen operaciones con el público en general. El artículo 84, fracción IV, inciso a) fija «De $22,300.00 a $127,530.00.» El inciso b) baja la banda a «De $1,910.00 a $3,800.00 tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Secciones II y IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.» Esa segunda banda incluye a quien está en esas secciones —entre ellas RESICO—.

El recibo comercial puede existir. No es ilegal. No es el documento que pide el artículo 29 cuando la ley exige comprobante. La diferencia está en factura, recibo y nota de venta. Un freelancer ve el mismo mapa en la guía de facturación para freelancers. Un consultorio, sin abrir IVA, en cómo facturar consultas médicas y en obligaciones fiscales de médicos 2026.

¿Puedo juntar varias operaciones en un CFDI global?

Sí, como facilidad. No como única vía. La regla 2.7.1.21 titula «Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general»: los contribuyentes «podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual» de esas operaciones «utilizando para ello la clave genérica en el RFC a que se refiere la regla 2.7.1.23.» Pueden remitirlo «a más tardar dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.» «En los CFDI globales se deberá separar el monto del IVA e IEPS a cargo del contribuyente.»

La misma regla permite omitir el comprobante de operaciones con el público en general —el ticket, no el CFDI— cuando el comprador no lo pide y el monto es «inferior a $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.).» Ese $100 no apaga el artículo 29.

El XML de ese CFDI global, en la guía de llenado del CFDI global 4.0, pide Rfc «XAXX010101000», Nombre «PUBLICO EN GENERAL», RegimenFiscalReceptor «616», UsoCFDI «S01» y DomicilioFiscalReceptor igual al CP de LugarExpedicion. Ese nombre es del llenado global. No lo copies en un CFDI que no es global. CFF 29-A y 2.7.1.23 sí permiten la clave genérica fuera de esa facilidad.

¿Qué no hace Factura por WhatsApp?

Factura por WhatsApp emite el CFDI desde el chat cuando ya tienes CSD vigente. Timbra la clave que envías: el RFC del cliente o XAXX010101000. No elige el RFC del receptor. No declara IVA ni ISR. No elige el régimen. No tramita la e.firma ni el CSD.

La Constancia, si llega, la guardas tú. Los cinco campos del receptor siguen siendo los del SAT, no una adivinanza del chat. Si el cliente no los manda, no inventes un RFC para «que pase el timbrado». El trámite de sello está en e.firma y CSD. El flujo diario está en la guía de facturar por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿Puedo facturar si el cliente no me da RFC?

Sí. CFF 29-A IV manda la clave genérica del SAT y trata la operación como público en general. RMF 2.7.1.23 fija esa clave en XAXX010101000 cuando no hay RFC.

¿Puedo usar el RFC de un familiar?

No. CFF 83 IX infracciona asentar el RFC de persona distinta a quien adquiere el bien o el servicio. La primera infracción general va de $21,420 a $122,440 (CFF 84 VI).

¿Puedo negarme a facturar hasta que me manden la Constancia?

No. CFF 83 IX infracciona condicionar la emisión a la Cédula de Identificación Fiscal o a la Constancia de Situación Fiscal. Si no hay RFC, usas la clave genérica.

¿El recibo sustituye al CFDI?

No. El recibo no es ilegal. No es el documento digital que pide CFF 29 cuando las leyes fiscales exigen comprobante. La diferencia está en factura, recibo y nota de venta.

¿Qué RFC genérico uso si el cliente es residente en el extranjero?

RMF 2.7.1.23 señala XEXX010101000 cuando el residente en el extranjero no está inscrito en el RFC. Esta nota no llena ese CFDI.

¿Tengo que usar solo factura global?

No. La 2.7.1.21 es una facilidad («podrán»). CFF 29-A y 2.7.1.23 permiten la clave genérica. El $100 de esa regla es del ticket, no un umbral del artículo 29.

¿Qué haces con esto?

Sin RFC del cliente: clave genérica XAXX010101000, operación con el público en general, CFDI emitido. Con Constancia: los cinco datos. Nunca el RFC de otra persona. Nunca la factura rehén de un PDF.

Tus próximos pasos:

  1. Si el cliente no da RFC, timbra con XAXX010101000.
  2. Si sí la manda, usa los cinco datos.
  3. No pidas el RFC de un tercero y no retengas el XML.

Cuando ya tengas el sello, emite el CFDI por WhatsApp.

Escrito por el equipo de Factura por WhatsApp para el independiente que espera una Constancia que no llega.


Factura por WhatsApp

Escrito por el equipo detrás de Factura por WhatsApp.

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